Al momento de certificar una empresa, pueden surgir ciertos inconvenientes que causan el retraso del proceso de certificación inicial, estos problemas están relacionados directamente con situaciones pendientes de la empresa ante el SII, lo que no permite avanzar en el proceso.
Por este motivo, es importante que antes de enviar sus datos para ser certificado, procure no tener pendientes con el servicio de impuestos internos.
Nuestro equipo puede detectar estas situaciones, ya que dentro del proceso de certificación el SII nos entrega internamente la información, señalando lo siguiente:
"No ha sido posible completar su solicitud. Esto debido a que el contribuyente tiene situaciones pendientes con el SII."
Las situaciones pendientes, pueden tener distintas causas. A continuación, brindamos una guía de las posibles razones por la cual aparece este mensaje:
Verificación positiva de actividades
No ha sido posible completar su solicitud. Esto debido a que Usted no puede emitir este tipo de documento tributario electrónico, puesto que no cuenta con verificación positiva de actividades. Para regularizar esta situación, debe acercarse a la Dirección Regional o Unidad del SII correspondiente a su domicilio.
Para su beneficio, usted puede realizar la verificación de actividad de manera provisoria, desde la página web de del SII presionando AQUÍ , debe iniciar sesión con el RUT y clave de su empresa registrada en el SII.
No declaración de Formulario de IVA F29
De acuerdo a nuestros registros, usted no ha presentado su Declaración Mensual y Pago Simultáneo de Impuestos (Formulario 29). Por esta razón se encuentra impedido de emitir documentos tributarios electrónicos. Le recordamos que es obligatorio que presente esta información mensualmente, por lo que debe regularizar su situación a la brevedad. Para hacerlo, ingrese a nuestro sitio web, menú Servicios online, Impuestos Mensuales, Declaración Mensual (F29), opción Declarar IVA (F29) o presione AQUÍ para ingresar directamente.
Al declarar el Formulario 29 por Internet, podrá acceder automáticamente a la máxima condonación de intereses y multas. De requerir mayor orientación puede comunicarse directamente con la mesa de ayuda del SII o contador para normalizar su situación tributaria.
En raras ocasiones puede suceder que el cliente ya se encuentre certificado y no permita la descarga de folios para documentos tributarios:
No se autoriza timbraje electrónico
Sr. Contribuyente: de acuerdo a nuestros registros, usted posee situaciones pendientes con el SII que restringen el timbraje electrónico, o tiene disponible una cantidad de folios suficiente para emitir documentos electrónicos. Para habilitar nuevamente el timbraje de documentos electrónicos, debe: Solucionar sus situaciones pendientes con el SII, si corresponde, y/o Emitir y enviar documentos electrónicos al SII o anular folios electrónicos, en una cantidad equivalente a los timbrajes electrónicos en que se le advirtió dicha situación."